Explotación extensiva de ganado porcino
Actividades empresariales · agrupación 03: Explotación de ganado porcino
Si te das de alta en Hacienda para explotación extensiva de ganado porcino, el grupo del IAE que corresponde es el 031, de la sección 1 (actividades empresariales).
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Cuota de por cabeza. | 0,28 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 03
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el grupo 031?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el grupo.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
