Tratamiento de agua para su suministro
Actividades empresariales · agrupación 16: Captación, tratamiento y distribución de agua, y fabricación de hielo
Si te das de alta en Hacienda para tratamiento de agua para su suministro, el epígrafe del IAE que corresponde es el 161.3, de la sección 1 (actividades empresariales).
Notas de la tarifa
- El tratamiento comprende todas las tareas y procesos industriales necesarios para que el agua sea sanitariamente permisible o potable para el consumo humano, hasta su puesta a disposición o entrega a la red de distribución.
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Cuota de: por cada 100 metros cúbicos o fracción de agua tratada en el ejercicio inmediato anterior, según consumos registrados con contador u otro elemento de medida en el punto de salida de la planta o estación de tratamiento, para su posterior suministro. | 0,02 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
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Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 161.3?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
