Fabricación de estructuras metálicas
Actividades empresariales · agrupación 31: Fabricación de productos metálicos (excepto máquinas y material de transporte)
El epígrafe 314.2 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a fabricación de estructuras metálicas. Está dentro de la agrupación 31 Fabricación de productos metálicos (excepto máquinas y material de transporte).
Notas de la tarifa
- Este epígrafe comprende la fabricación de estructuras metálicas, tales como armazones de edificios, hangares prefabricados, elementos de puentes, pasarelas, pilares, elementos estructurales metálicos, material fijo para vías férreas, desembarcaderos, muelles fijos, exclusas, etc.; así como su instalación asociada que no pueda clasificarse por separado.
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Por cada obrero | 5,23 € |
| Por cada Kw | 3,86 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 31
- 311.1Fundición de piezas de hierro y acero
- 311.2Fundición de piezas de metales no férreos y sus aleaciones
- 312.1Piezas forjadas
- 312.2Piezas estampadas o troqueladas
- 312.3Piezas embutidas, cortadas o repulsadas
- 313.2Recubrimientos metálicos
- 313.9Tratamientos de protección de los metales n.c.o.p
- 314.1Carpintería metálica
- 315.2Grandes depósitos metálicos y otros productos de calderería gruesa
- 316.1Fabricación de herramientas manuales
- 316.2Fabricación de artículos de ferretería y cerrajería
- 316.3Tornillería y fabricación de articulos derivados del alambre
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 314.2?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
