Fabricación de otros artículos de caucho n.c.o.p
Actividades empresariales · agrupación 48: Industrias de transformación del caucho y materias plásticas
Si te das de alta en Hacienda para fabricación de otros artículos de caucho n.c.o.p, el epígrafe del IAE que corresponde es el 481.9, de la sección 1 (actividades empresariales).
Notas de la tarifa
- Este epígrafe comprende la fabricación de artículos de caucho no especificados en otros epígrafes y abarca la manipulación del caucho natural, la regeneración del caucho, fabricación de correas y tubos, de colas y disoluciones, de alfombras y revestimientos de suelos, de derivados del caucho (ebonita), de calzado, tacones y suelas de caucho, artículos higiénicos y de cirugía, tejidos cauchutados, prendas de vestir, guantes y otros artículos a base de tejido cauchutado soldado o vulcanizado (no cosido), colchones de caucho, lanchas y artículos de deporte, cámping y juguetes, etc.
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Por cada obrero | 4,73 € |
| Por cada Kw | 7,16 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
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Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 481.9?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
