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491.2Epígrafe IAE · sección 1

Bisutería

Actividades empresariales · agrupación 49: Otras industrias manufactureras

Si te das de alta en Hacienda para bisutería, el epígrafe del IAE que corresponde es el 491.2, de la sección 1 (actividades empresariales).

Notas de la tarifa

  • Este epígrafe comprende la fabricación de artículos de bisutería, emblemas, distintivos, escarapelas y similares y pequeños objetos de decoración (flores y frutos artificiales, plumas y penachos, etc.).

Cuota de la tarifa

ConceptoEuros
Por cada obrero18,04 €
Por cada Kw11,20 €

Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.

Otros de la agrupación 49

Ver los 17 de la agrupación 49

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 491.2?

Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).