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617.9Epígrafe IAE · sección 1

Comercio al por mayor interindustrial (excepto minería y química) de otros productos, maquinaria y material n.c.o.p

Actividades empresariales · agrupación 61: Comercio al por mayor

El epígrafe 617.9 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a comercio al por mayor interindustrial (excepto minería y química) de otros productos, maquinaria y material n.c.o.p. Está dentro de la agrupación 61 Comercio al por mayor.

Notas de la tarifa

  • Este epígrafe comprende el comercio al por mayor de productos, maquinaria y material no especificados en los epígrafes anteriores del grupo «Otro comercio al por mayor interindustrial» (616), tales como maquinaria y equipo de uso general (motores, turbinas, maquinaria para manipulación de fluidos, etc.); motores y generadores eléctricos, equipos y material de distribución y transmisión de electricidad, equipo de telecomunicación; maquinaria y equipo de construcción, pavimentación, para yacimientos y minas; maquinaria de imprenta y encuadernación, para la industria alimentaria, papelera, química, etc.; material de transporte y otras máquinas, herramientas y material para la industria, el comercio y la navegación; artículos técnicos de caucho, plástico, etc.; material y maquinaria de elevación y manipulación y suministros diversos para la industria.

Cuota de la tarifa

ConceptoEuros
Cuota de410,55 €

Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.

Otros de la agrupación 61

Ver los 54 de la agrupación 61

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 617.9?

Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).