Fabricación de dispositivos de cableado
Sección C: Industria manufacturera
La clase 27.33 de la CNAE-2025 corresponde a fabricación de dispositivos de cableado. Forma parte del grupo 27.3 Fabricación de cables y dispositivos de cableado y de la sección C (Industria manufacturera). Abajo tienes qué actividades incluye y cuáles van en otros códigos.
Qué incluye la clase 27.33
Comprende la fabricación de dispositivos de cableado portador o no portador de corriente para circuitos eléctricos, con independencia del material.:
- la fabricación de barras colectoras, conductores eléctricos (excepto del tipo conmutador)
- la fabricación de interruptores del circuito por pérdida a tierra (GFCI)
- la fabricación de portalámparas
- la fabricación de pararrayos
- la fabricación de conmutadores para cableado eléctrico (por ejemplo, conmutadores de presión, pulsadores, interruptores de acción rápida, interruptores basculantes, etc.)
- la fabricación de enchufes o tomas de corriente
- la fabricación de cajas para cableado eléctrico (por ejemplo, de empalme, de toma de corriente, de seccionamiento, etc.)
- la fabricación de canalizaciones eléctricas y sus accesorios
- la fabricación de equipos para postes y líneas de transmisión
- la fabricación de dispositivos de cableado de plástico no portadores de corriente, incluidas cajas de empalme, paneles frontales y elementos similares de plástico, accesorios de plástico para postes eléctricos y cubreinterruptores de plástico
Qué no incluye
- la fabricación de aisladores cerámicos (véase 23.43)
Notas explicativas de la CNAE-2025 del INE. Los códigos enlazados son las clases donde va cada actividad excluida.
Equivalencia con la CNAE-2009
Dónde está en la clasificación
Otras clases del grupo 27.3
Preguntas frecuentes
¿Qué CNAE corresponde a fabricación de dispositivos de cableado?
El 27.33 de la CNAE-2025, dentro de la sección C (Industria manufacturera).
¿Qué código de la CNAE-2009 equivale al 27.33?
El 27.33, según la tabla de correspondencias del INE.
¿Dónde se usa el código CNAE 27.33?
Lo pide la Seguridad Social al dar de alta una empresa o a un autónomo, entre otras cosas para fijar la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y se usa en las estadísticas oficiales y en algunos registros.
Fuente: Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (Real Decreto 10/2025) y sus notas explicativas, Instituto Nacional de Estadística.
