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La CNAE-2025 (Real Decreto 10/2025) sustituye a la CNAE-2009: busca tu código nuevo
51División · CNAE-2025

Transporte aéreo

2 grupos

La división 51 de la CNAE-2025 (transporte aéreo) se divide en 2 códigos. Elige el que describa tu actividad principal para ver qué incluye.

Qué no incluye

  • la fumigación de cosechas (véase 01.61)
  • la reparación y el mantenimiento de aeronaves civiles y sus motores (véase 33.16)
  • la explotación de aeropuertos (véase 52.23)
  • la publicidad aérea (palabras escritas en el aire) (véase 73.11)
  • la fotografía aérea (véase 74.20)
  • la vigilancia civil aérea (véase 80.09)
  • la vigilancia militar aérea (véase 84.22)

Notas explicativas de la CNAE-2025 del INE. Los códigos enlazados son las clases donde va cada actividad excluida.

Grupos de la división

51.1: Transporte aéreo de pasajeros

  • el transporte aéreo regular de pasajeros
  • los vuelos chárter para pasajeros
  • los vuelos que realizan recorridos turísticos o paisajísticos

Ver el código 51.1

51.2: Transporte aéreo de mercancías y transporte espacial

  • el transporte aéreo de mercancías, sea regular o no

Ver el código 51.2

Dónde está en la clasificación

  1. HTransporte y almacenamiento
  2. 51Transporte aéreo

Preguntas frecuentes

¿Cuántos códigos tiene la división 51 de la CNAE-2025?

2. Cada uno agrupa actividades concretas: elige el que corresponda a tu actividad principal.

¿A qué sección pertenece el código 51?

A la sección H: Transporte y almacenamiento.

Fuente: Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (Real Decreto 10/2025) y sus notas explicativas, Instituto Nacional de Estadística.