Fabricación de artículos de deporte
Actividades empresariales · agrupación 49: Otras industrias manufactureras
El epígrafe 494.2 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a fabricación de artículos de deporte. Está dentro de la agrupación 49 Otras industrias manufactureras.
Notas de la tarifa
- Este epígrafe comprende la fabricación de equipos y artículos de deporte para la pesca deportiva, gimnasia, atletismo, tenis, golf, deportes de invierno, fútbol, baloncesto, etc.; así como la fabricación de materiales para parques infantiles.
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Por cada obrero | 8,22 € |
| Por cada Kw | 9,58 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 49
- 491.1Joyería
- 491.2Bisutería
- 492.1Instrumentos de cuerda de teclado
- 492.2Instrumentos de viento de teclado
- 492.3Instrumentos de cuerda
- 492.4Instrumentos de viento
- 492.5Instrumentos de percusión
- 492.6Instrumentos musicales electrónicos
- 492.7Otros instrumentos musicales
- 492.8Partes, piezas sueltas y accesorios de instrumentos musicales
- 493.1Películas y copias cinematográficas reveladas
- 493.2Placas, películas fotográficas negativas y diapositivas reveladas
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 494.2?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
