Servicio en vehículos de tracción mecánica
Actividades empresariales · agrupación 67: Servicio de alimentación
El epígrafe 674.1 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a servicio en vehículos de tracción mecánica. Está dentro de la agrupación 67 Servicio de alimentación.
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Cuota nacional de: por cada vehículo. | 155,51 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 67
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 674.1?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
