Balnearios y baños
Actividades empresariales · agrupación 94: Sanidad y servicios veterinarios
El epígrafe 942.2 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a balnearios y baños. Está dentro de la agrupación 94 Sanidad y servicios veterinarios.
Notas de la tarifa
- Este epígrafe comprende los establecimientos, estanques o piscinas donde se suministran aguas minerales o medicinales, así como baños rusos, de vapor, etc.
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Cuota de | 274,33 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 94
- 941.1Hospitales generales
- 941.2Hospitales especializados (quirúrgicos, maternidades, infantiles, psiquiátricos, etc.)
- 942.1Consultorios médicos, centros de socorro, sanitarios y clínicos de urgencia
- 942.9Otros servicios sanitarios sin internado, no clasificados en este grupo
- 943Consultas y clínicas de estomatología y odontología
- 944Servicios de naturopatía, acupuntura y otros servicios parasanitarios
- 945Consultas y clínicas veterinarias
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 942.2?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
