Otros servicios sanitarios sin internado, no clasificados en este grupo
Actividades empresariales · agrupación 94: Sanidad y servicios veterinarios
Si te das de alta en Hacienda para otros servicios sanitarios sin internado, no clasificados en este grupo, el epígrafe del IAE que corresponde es el 942.9, de la sección 1 (actividades empresariales).
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Cuota de | 213,98 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 94
- 941.1Hospitales generales
- 941.2Hospitales especializados (quirúrgicos, maternidades, infantiles, psiquiátricos, etc.)
- 942.1Consultorios médicos, centros de socorro, sanitarios y clínicos de urgencia
- 942.2Balnearios y baños
- 943Consultas y clínicas de estomatología y odontología
- 944Servicios de naturopatía, acupuntura y otros servicios parasanitarios
- 945Consultas y clínicas veterinarias
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 942.9?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
